El próximo 22 de Mayo se celebran elecciones a nivel de Ayuntamiento de toda España y también en muchas comunidades.

Si durante las fechas anteriores a las votaciones del 22 de mayo resides en el extranjero o el día de las elecciones no va a ser posible que vayas a votar, aprovecha las facilidades que da el estado para poder votar.

– Residentes en España.

La solicitud se formulará personalmente en cualquier oficina de Correos de España, presentando el DNI, pasaporte o permiso de conducir (los originales, no sirve fotocopia de estos documentos), hasta el día 16 de Mayo de 2011.

En caso de enfermedad o incapacidad, cuya existencia deberá acreditarse mediante certificado médico oficial, la solicitud podrá ser efectuada por otra persona autorizada notarial o consularmente, y sin que la misma pueda representar a más de un elector. La solicitud irá acompañada, en este caso, del certificado médico y de la autorización señalada.

El empleado de Correos que admita la solicitud estampará el sello de fechas, tanto en la cabecera del documento como en el resguardo justificativo de la admisión del envío certificado. El propio interesado cerrará el sobre, que no necesita franqueo al ser gratuito.

– Residentes en el extranjero .

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán de oficio, a los inscritos en el Censo de Residentes Ausentes en el extranjero, un certificado de inscripción en el Censo y el resto de la documentación electoral.

Enlace | Votar por correos

Entradas Similares