xavi
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Reforma Laboral Rajoy
0Me gustaría dar mi opinion respecto a la reforma laboral del pp presentada los últimos días en el consejo de ministros.
A parte de otras consideraciones me gustaría detallar dos aspectos en que ésta reforma no hace incapié y que, para mí, son una de las claves que deberían de estar y que no se ha atrevido a cambiar.
1. Indemnización en caso de despido:
No tiene ningún sentido que en la actualidad y, aunque en menor medida, después de aprobarse la reforma, despedir a un trabajador pueda ser tan oneroso. En la actualidad un trabajador debe percibir un importe equivalente a 45 días por año de trabajo en la empresa. Ahora este se ha reducido a 33 o en los casos de demostración de pérdidas en la empresa, a 20.
El problema no es tanto si son 45, 33 o 20 sino el montante de ello. El importe puede llegar a ser el equivalente a 42 mensualidades o 24 con la nueva reforma.
El caso típico de las empresas, en las que se les ha reducido el trabajo y en consecuencia la necesidad de mano de obra, es que si por ejemplo tiene a 10 trabajadores y tiene que prescindir de los servicios de uno de ellos, no a va despedir al menos eficiente sino al que lleva menos tiempo, normalmente joven, por un simple hecho de costes, no por productividad como debería ser. En la mayoría de casos, pero, lo que sucede es que el empresario no puede despedir a nadie ya que le es muy costoso. ¿Que sentido tiene que cuando un empresario tiene que despedir a un trabajador porque no llega para pagar su nómina tenga que ponerle en la mesa miles de euros para que se vaya?
Ejemplo: El trabajador cobra 1000 euros al mes. Hace 15 años que trabaja en la empresa. El empresario que por las circunstancias actuales no le llega casi ni para pagar su sueldo, seguridad social y demás, para poder despedido debe darle, 15.000 €. Si el empresario no llega ni para pagar la nómina, ¿cómo va a llegar a pagarle 15.000 €?
Consecuencia: Como no se puede permitir ningún despido, la empresa intenta continuar hasta que la situación es tan insostenible que cae en bancarrota y NO UNO sino TODOS van a la calle!! Y a cobrar por FOGASA, ho sea de dinero de todos los españoles y además con mucho retraso…
Mi solución: En casos en que se pueda demostrar que la empresa pase por dificultades y que es sensato prescindir de un trabajador, esta indemnización debería estar topada a 4 o 6 meses de manera que el empresario pueda hacer lo que cree que es mejor para su empresa y para la resta de trabajadores. Al fin y al cabo el trabajador seguría gozando dee una protección de 2 años del paro, o sea que en ningún caso se queda desamparado.
2. Control de los parados:
En la actualidad hay más de 4 millones de personas apuntadas a las listas del paro. La mayoría están cobrando ya sean subsidios o ayudas. En cualquier de los casos, no hace ningún tipo de control de lo que están haciendo estás personas. Algunos seguramente están buscando trabajo aquí y allá, otros no hacen nada y otros, los peores, realizar trabajos fuera de la ley para beneficio suyo y del cliente, que se ahorra los impuestos que uno que trabaja legal le debe hacer pagar. Este genera a su vez que el legal tenga que cerrar porque no puede competir con los precios del ilegal y cerrar la empresa y con ello engordar la lista de parados con sus trabajadores.
Desde que uno se apunta al paro, en la mayoria de casos, no recibe ni una sola llamada ni le obligan a ir a la oficina NUNCA. Lo mejor de todo es que se debe renovar la solicitud de paro cada 3 meses, pero lo mejor es que ésta, se puede hacer por internet!! O sea, se da el caso de personas que durante más de un año o dos ha cobrado un subsidio a cambio de no hacer nada y lo peor, sin estar controlado para nada.
Circunstancia: ¿Como puede ser que una persona que tiene un horario que debe cumplir, de 9 a 13 y de 16 a 20 horas y trabajar durante estas 8 horas cobre 600, 700 o 800 euros y otra persona que no hace nada y no tiene ningun horario ni nada que demostrar, cobre hasta 1000 € o más si tiene cargas familiares.
Mi solución: Todo el mundo debería hacer algo a cambio de tener una ayuda, subsidio o como se le quiera decir. Voy más allá. No creo que se pueda vivir con la renta mínima de 400 €. Esta renta debería ser más alta y infinita en el tiempo si hace falta. Pero con unas condiciones.
- Cumplir un horario de manera que cada día se vaya a “fichar” para poder controlar que esta persona no realiza trabajos fuera de la ley que nos perjudican a todos. Obligar a la persona a venir aleatoriamente durante el día a las oficinas del INEM.
- Que realice tareas que no quiere hacer nadie: arreglar jardines, parques, limpiar bosques, aceras rotas, replantar árboles,…
- Sino, que se este formando, pero durante la mayor parte de las horas.
- Que demuestre que esta intentando buscar trabajo. Solicitando la excepción por horas de estos trabajos o formación mediante justificación de que se esta buscando un trabajo.
En un país como el nuestro donde la picaresca esta en el orden del día, no tiene sentido estar cobrando por no hacer nada. A parte de un sin sentido estamos acomodando a mucha gente, que a diferencia de los que sí son honrados y buscan trabajo, se acomodan a vivir con ayudas, sin tener que hacer nada más.
Espero vuestros comentarios a mis dos ideas que Rajoy se ha dejado en el tintero o más bien no ha atrevido a proponer.
Chiste sobre el amor
0Hacer el Amor tiene 7 fases:
- Asmatica (aaahhh,aaahhh)
- Geografica (ahí ahí),
- Matematica, (mas mas ),
- Religiosa (ayy DIOS),
- Gourmet,( que rico),
- Suicida, (me muero),
- Homicida (si paras te mato)
Jubilacion Anticipada
0¿Quién tiene derecho?
A partir de los 60 años, con aplicación de coeficientes reductores, los trabajadores afiliados y en alta o en situación asimilada a la de alta que reúnan los demás requisitos generales exigidos (período mínimo de cotización y hecho causante) y esten dentro de uno de los siguientes casos:
- Si durante la vida laboral se hubiera estado cotizando en alguna de las Mutualidades Laborales de trabajadores por cuenta ajena con anterioridad al 1 de Enero de 1967.
- Los trabajadores de RENFE, con contrato anterior al 14 de Julio de 1967.
- Los trabajadores de otras empresas de ferrocarriles españoles, con cotizaciones anteriores a 19 de Diciembre de 1969.
- Trabajadores que el 1 de Abril de 1969 trabajaran en el régimen del carbón.
- Trabajadores del régimen del mar anteriores a 1 de Agosto de 1970.
¿Cuanto es el importe a cobrar?
Cuando se trate de un cese voluntario la cuantía de la pensión se reducirá en un 8% por cada año que falte para cumplir la edad de 65 años.
- Si el trabajador tiene 60 años, cobraría el 60% de la base reguladora.
- Si el trabajador tiene 61 años, cobraría el 68% de la base reguladora.
- Si el trabajador tiene 62 años, cobraría el 76% de la base reguladora.
- Si el trabajador tiene 63 años, cobraría el 84% de la base reguladora.
- Si el trabajador tiene 64 años, cobraría el 92% de la base reguladora.
Cuando se trate de un cese en el trabajo, que no se imputable al trabajador (caso de despido) y el mismo tenga más de 30 años de cotización, se le aplicaran los siguiente porcentajes:
- Cotizados de 30 a 34 años: 7,5 % de reducción.
- Cotizados de 35 a 37 años: 7,0 % de reducción.
- Cotizados de 38 a 39 años: 6,5 % de reducción.
- Cotizados más de 40 años: 6,0 % de reducción.
Como tramitar la jubilación anticipada
Para tramitar cualquier tipo de jubilación es necesario llevar consigo un documento que acredite la identidad del solicitante; DNI para un trabajador español y pasaporte o NIE para un trabajador extranjero.
Además se necesita el justificante de pago de cotizaciones de los 3 últimos meses si es usted el obligado a ingresarlas (caso de trabajadores autónomos,…)
Para el caso concreto de Jubilación anticipada es necesario también:
- Caso de cese:
- Documento acreditativo donde conste la extinción del trabajo por causas ajenas al trabajador en el caso de estar cobrando el desempleo.
- Certificado de la empresa con el recibo de indemnización en caso de estar trabando hasta la fecha
- Certificado de discapacidad o grado expedido por el IMSERSO, con la fecha de discapacidad y de calificación.
- Acreditar la necesidad de la necesidad de ayuda de terceras personas. También se puede tramitar en el IMSERSO.
Toda la documentación debe presentarse las Oficinas de la Seguridad Social
Enlace | Jubilación Anticipada
Donde dije digo digo diego
3
Una de les frases que s’utilitza quan algú es contradeix es “Donde dije digo digo diego”
Això s’ho podria aplicar el Sr. Artur Mas en el tema relacionat amb l’aeroport d’Alguaire.
Fins fa relativament poc, el Sr. Mas i tot el seu grup parlamentari, s’omplia la boca en criticar la gestió de l’antic govern en quant a les subvencions que atorgava a companyies aèries com Ryanair per tal de portar passatgers als nostres aeroports. Aquesta crítica va ser ferotge també quan es tractava de les companyies que rebien ajudes públiques a l’aeroport de Lleida – Alguaire.
Doncs bé, resulta que “donde dije digo digo diego”.
En la actualitat la Generalitat de Catalunya està donant subvencions (en forma de co-pagament del bitllet, transport en autocar,…) perquè la companyia aèria Tomas Cook porti passatgers a esquiar a Lleida. Això, no es el més preocupant, tot i el canvi d’opinió en el tema de donar subvencions, sinó que el més preocupant es que més del 90% dels passatgers russos i anglesos que arriben al magnific aeroport d’Alguaire amb un cost subvencionat i per tant pagat per tots els catalans, van a esquiar A ANDORRA; és a dir, ens gastem diners públics per portar unes persones aquí i després ells es gasten els diners en un altre país.
Molt i molt bé!! Això si que es gestionar bé les nostres infraestructures i els nostres escassos recursos.
Recomano que mireu el programa que va fer TV3 sobre els “aeroports fantasmes” en el que es parla de Lleida i d’altres aeroports que millor seria que estiguessin tancats.
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Ministerios de Rajoy
0Por fin Mariano Rajoy, el nuevo presidente del gobierno español, ha desvelado su secreto mejor guardado: Los ministerios y sus ministros.
El gobierno lo formaran 9 hombres y 4 mujeres. La hasta ahora número 2 del partido, Soraya Sanchez de Santamaria ostentarà el segundo puesto en el Gobierno, detrás del presidente. Para Soraya le asigna la Presidencia (única esta vez) y la voz del gobierno (portavoz).
Los ministerios de Rajoy son:
- Ministro de Economía y Competitividad: Luis de Guindos
- Ministro de Interior: Jorge Fernández Díaz
- Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas: Cristóbal Montoro
- Ministra de Empleo y Seguridad Social: Fátima Báñez
- Ministro de Justicia: Alberto Ruiz-Gallardón
- Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación: José Manuel García Margallo
- Ministro de Defensa: Pedro Morenés
- Ministra de Fomento: Ana Pastor
- Ministro de Industria, Comercio y Turismo: José Manuel Soria
- Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente: Miguel Arias Cañete
- Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Ana Mato
- Ministro de Educación y Cultura: José Ignacio Wert
Loteria de Navidad 2011
0Poco antes de las diez la mañana ha salido el GORDO DE NAVIDAD más grande de la historia de la Loteria de Navidad. Ha sido el 58268, vendido integramente en Monegros, en un pueblo de 2.100 habitantes).
Los números premiados de la Loteria de Navidad realizado el día 22 de Diciembre de 2011 han sido:
- EL GORDO: 58268 (400.000 € al décimo)
- 2º premio: 53404 (125.000 € al décimo)
- 3er premio: 02184 (50.000 € al décimo)
- 4tos premios: 12249 / 66832 (10.000 € al décimo)
- 5tos premios: 03643 / 08128 / 22418 / 33003 / 62718 / 92202 (6.000 € al décimo)
Convenio Colectivo Construcción
0Visto lo dispuesto en el art. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (E. T.), en relación con el art. 2 b) del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, serán objeto de inscripción los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Real Decreto y sus revisiones, debiendo ser presentados ante la autoridad laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el Boletín Oficial de la provincia y remisión,para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (C. M. A. C.).
Visto lo dispuesto en el art. 2. b del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un convenio en vigor.
Tabla salarial del Convenio colectivo de trabajo para construcción y obras públicas
Tabla Salarial y pagas extras, vacaciones, verano y navidad, del Convenio Colectivo para las industrias de la Construcción y Obras Públicas de la Región de Murcia durante el periodo de 1 de enero a 31 de diciembre de 2011.
| Categoría y Nivel | Salario Base | P. Asistencia | Beneficios Asistenciales y Suplidos |
Pagas Extras y Vacaciones sin Antigüedad |
| M E S | ||||
| NIVEL II | Euros | Euros | Euros | |
| Personal Titulado Superior | 1.832,4 | 36,29 | 2.377,74 | |
| NIVEL III | 1.553,3 | 36,29 | 2.014,49 | |
| a) Personal Titulado Medio | ||||
| b) Jefe Administrativo 1ª | 1.400,3 | 36,29 | 1.815,55 | |
| NIVEL IV | ||||
| Jefe de Personal | 1.356,09 | 30,24 | 1.755,54 | |
| Ayudante de Obra | 1.356,09 | 30,24 | 1.755,54 | |
| Encargado General Fábrica | 1.356,09 | 30,24 | 1.755,54 | |
| Encargado General | 1.356,09 | 30,24 | 1.755,54 | |
| NIVEL V | ||||
| Jefe Administración 2ª | 1.275,38 | 27,84 | 1.649,55 | |
| Delineante Superior | 1.275,38 | 27,84 | 1.649,55 | |
| Encargado General de Obra | 1.275,38 | 27,84 | 1.649,55 | |
| Jefe de Sección | 1.275,38 | 27,84 | 1.649,55 | |
| Jefe Org. Científica del Trabajo 2ª | 1.275,38 | 27,84 | 1.649,55 | |
| Jefe de Compras | 1.275,38 | 27,84 | 1.649,55 | |
| NIVEL VI | 1.237,86 | 26,60 | 1.600,28 | |
| a) Delineante de 1ª | ||||
| Técnico Organización de 1ª | 1.237,86 | 26,60 | 1.600,28 | |
| Jefe Encargado Taller | 1.237,86 | 26,60 | 1.600,28 | |
| Encargado Secc. Laboratorio | 1.237,86 | 26,60 | 1.600,28 | |
| Practico Topógrafo de 1ª | 1.237,86 | 26,60 | 1.600,28 | |
| b) Oficial Administrativo de 1ª | 1.189,08 | 26,01 | 1.536,56 | |
| Programador Ordenadores | 1.189,08 | 26,01 | 1.536,56 | |
| NIVEL VII | ||||
| Delineante de 2ª | 1.168,8 | 26,01 | 1.510,29 | |
| Técnico de 2ª | 1.168,8 | 26,01 | 1.510,29 | |
| Técnico Organización de 2ª | 1.168,8 | 26,01 | 1.510,29 | |
| Practico Topógrafo de 2ª | 1.168,8 | 26,01 | 1.510,29 | |
| Analista de 1ª | 1.168,8 | 26,01 | 1.510,29 | |
| Viajante | 1.168,8 | 26,01 | 1.510,29 | |
| Capataz | 1.168,8 | 26,01 | 1.510,29 | |
| Especialista de Obras | 1.168,8 | 26,01 | 1.510,29 | |
| Categoría y Nivel | Salario Base | P. Asistencia | Beneficios Asistenciales y Suplidos |
Pagas Extras sin Antigüedad |
| M E S | ||||
| NIVEL VIII | Euros | Euros | Euros | |
| a)Oficial Admvo. 2ª | 1.143,8 | 25,41 | 1.477,40 | |
| Operador Ordenadores | 1.143,8 | 25,41 | 1.477,40 | |
| DIA | ||||
| b) Oficial 1ª de Oficio | 26,81 | 12,25 | 3,41 | 1.180,15 |
| Insp.Control,Señal,Serv. | 26,81 | 12,25 | 3,41 | 1.180,15 |
| Analista de 2ª | 26,81 | 12,25 | 3,41 | 1.180,15 |
| NIVEL IX | MES | |||
| a)Auxiliar Administrativo | 1.068,1 | 24,19 | 1.378,49 | |
| DIA | ||||
| b)Auxiliar Administrativo Obra | 798,94 | 12,25 | 3,41 | 1.159,87 |
| c) Ayudante Topógrafo | 26,11 | 12,25 | 3,41 | 1.153,55 |
| Auxiliar de Organización | 26,11 | 12,25 | 3,41 | 1.153,55 |
| Vendedores | 26,11 | 12,25 | 3,41 | 1.153,55 |
| Conserjes | 26,11 | 12,25 | 3,41 | 1.153,55 |
| Oficial 2ª de Oficio | 26,11 | 12,25 | 3,41 | 1.153,55 |
| NIVEL X | ||||
| Auxiliar de Laboratorio | 25,21 | 12,25 | 3,41 | 1.118,52 |
| Vigilante | 25,21 | 12,25 | 3,41 | 1.118,52 |
| Almacenero | 25,21 | 12,25 | 3,41 | 1.118,52 |
| Listero | 25,21 | 12,25 | 3,41 | 1.118,52 |
| Enfermero | 25,21 | 12,25 | 3,41 | 1.118,52 |
| Cobrador | 25,21 | 12,25 | 3,41 | 1.118,52 |
| Guarda Jurado | 25,21 | 12,25 | 3,41 | 1.118,52 |
| Ayudante de Oficio | 25,21 | 12,25 | 3,41 | 1.118,52 |
| NIVEL XI | ||||
| Especialista de 2ª | 24,86 | 12,25 | 3,41 | 1.104,35 |
| Peón Especializado | 24,86 | 12,25 | 3,41 | 1.104,35 |
| NIVEL XII | ||||
| Peón Ordinario | 24,38 | 12,25 | 3,41 | 1.084,86 |
| Personal de Limpieza | 24,38 | 12,25 | 3,41 | 1.084,86 |
| NIVEL XIII | ||||
| Aspirante Administrativo | 16,31 | 4,52 | 581,17 | |
| Aspirante Técnico | 16,31 | 4,52 | 581,17 | |
| Botones menor de 18 Años | 16,31 | 4,52 | 581,17 | |
| Aprendiz menor de 18 Años | 16,31 | 4,52 | 581,17 | |
| Pinche menor de 18 Años | 16,31 | 4,52 | 581,17 | |
Fuente | Convenios Colectivos Construcción







